Publicado el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.

El Real Decreto, establece entre otras medidas las siguientes:

MEDIDASVIGOR
• Limitación de los termostatos a un máximo de 19 grados en invierno y a un mínimo de 27 en verano en los edificios administrativos, espacios comerciales, estaciones de autobús, tren y aeropuertos.09/08/22-01/11/2023.
• Obligatoriedad de exhibir en carteles o pantallas las medidas de ahorro en estos edificios.02/09/22-01/11/2023
• Obligatoriedad en estos mismos edificios de disponer de cierre de puertas adecuado, el cual podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático de las puertas, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentementeAntes del 30/09/22.
• Obligatoriedad de apagar las luces de los escaparates a partir de las 22:00 horas y la iluminación de los espacios públicos cuando no estén en uso.03/08/22-01/11/2023.
• Los inmuebles que hayan pasado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán someterse a una revisión extraordinaria antes del 1 de diciembre.Antes del 01/12/2022

Sanciones

El Boletín Oficial del Estado, no incluye ninguna mención expresa a sanciones por incumplimiento de las nuevas normas, sin embargo, se remite a los reglamentos de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado y de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Estos reglamentos explican que «las infracciones se sancionarán de acuerdo con lo dispuesto» en la Ley de Industria de 1992Dicha ley hace una clasificación de infracciones:

  • Leves de hasta 60.000 euros
  • Graves  de hasta 6.000.000 euros
  • Muy graves  de hasta cien millones de euros.

Consulte aquí la publicación del BOE.