Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, son los organismos habilitados para expedir certificados de Origen para mercancías destinadas a la exportación.
Estos documentos son obligatorios en los despachos aduaneros para garantizar el origen y la auténtica trazabilidad de la mercancía objeto de la exportación.
COSTE
El importe es de 49 euros
ESPECIFICIDADES PAÍSES:
(22/09/20) TURQUÍA:
Las autoridades de Turquía han dejado de aceptar los certificados de origen que contengan, en el apartado «país de origen» menciones diferentes a: European Union, Estado Miembro de origen (por ejemplo European Union, Spain). Se hace especial énfasis en el hecho de que se debe evitar en todos los casos el uso de términos tales como European Commision o Community. Cuando, en aplicación de las normas de origen, sea necesario indicar Unión Europea o un Estado Miembro concreto, se deberá indicar European Union seguido, obligatoriamente, del nombre del Estado Miembro.
Para los casos en que el origen sea una país/territorio no miembro de la UE, la cumplimentación del apartado país de origen se seguirá haciendo como hasta ahora.